Diferencias y similitudes entre el divorcio de mutuo acuerdo y el divorcio contencioso
No cabe duda que las diferencias entre el divorcio de mutuo acuerdo y el contencioso son muchas, pero una de las más importantes es la duración de la tramitación del procedimiento, siendo mucho más rápida en el divorcio de mutuo acuerdo.
En este sentido, la rapidez de este tipo de procedimiento radica, fundamentalmente, en el hecho de que tras la presentación de la demanda de divorcio, acompañada del convenio regulador, las partes serán citadas por el Juez para proceder a la ratificación del mismo, no siendo necesaria la celebración de un juicio. Además, si el Ministerio Fiscal considera que el convenio firmado por los cónyuges no resulta perjudicial para los intereses de los menores, el juez dictará sentencia aprobando las medidas contenidas en el convenio regulador y decretando el divorcio de los consortes.
Mucho más compleja se presenta la tramitación por vía contenciosa, ya que tras la presentación de la demanda inicial de divorcio por uno de los cónyuges, el Juzgado dará traslado a la parte contraria, tras lo cual se celebrará una vista en la que los letrados de cada cónyuge defenderán sus respectivas demandas, practicándose las pruebas que fueran necesarias a fin de que el Juez pueda adoptar las medidas reguladoras del divorcio.
A ello, hay que sumar la posibilidad que tiene cualquiera de los cónyuges de recurrir en apelación la sentencia que dicte el juez si consideran que sus intereses se han visto perjudicados.
Además, todo este proceso puede resultar mucho más largo si con carácter previo a la demanda de divorcio se solicita la adopción de medidas provisionales, las cuales tendrán una duración de 30 días.
Otra las diferencias con la que nos podemos encontrar es el coste que presentan uno y otro procedimiento. Así, en el divorcio de mutuo acuerdo bastará un único abogado y procurador, mientras que en el divorcio contencioso es necesario que cada uno de los cónyuges vaya representado por procurador y defendido por abogado. También es necesario señalar el coste que tiene interponer un recurso de apelación contra la sentencia de divorcio ante la Audiencia Provincial, así como el gasto que supone iniciar dos procedimientos si lo que se pretende es la disolución y liquidación de la sociedad de gananciales de forma simultánea.
Semejanzas
Pese a las enormes diferencias que, como hemos señalado, existen entre los dos tipos de divorcio, resulta importante hacer alusión a las semejanzas que se dan entre uno y otro.
En primer lugar, debemos apuntar la necesidad de que hayan transcurrido tres meses desde la celebración del matrimonio para poder iniciar ambos procedimientos, no siendo necesario alegar causa alguna para solicitar el divorcio.
En segundo lugar, y en lo que respecta a la competencia territorial, será competente para conocer del asunto el juzgado en el que radique el domicilio familiar. No obstante, en el caso de mutuo acuerdo, los solicitantes podrán elegir a su vez entre el domicilio de cualquiera de ellos.
Por último, resulta relevante señalar la posibilidad que tienen los cónyuges de modificar judicialmente el convenio regulador, en el caso de mutuo acuerdo, o de solicitar una modificación de medidas, en el caso de un divorcio contencioso, siempre y cuando se alteren sustancialmente las circunstancias tenidas en cuenta en el momento de decretar el divorcio.
Si estás en un proceso de divorcio, Abogados y Familia, te ayudará en todas las cuestiones relacionadas con el mismo. Llámanos y estaremos encantados de poder atenderte.
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