Pensión de alimentos

Abogados y Familia: Despacho de expertos abogados pensión de alimentos en Madrid.

El artículo 142 del Código Civil fija como pensión de alimentos “todo lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica. Los alimentos comprenden también la educación e instrucción del alimentista mientras sea menor de edad y aún después, cuando no haya terminado su formación por causa que no sea imputable”.

Los criterios para determinar la cantidad que ha de establecerse como pensión de alimentos serán:

–  Las necesidades de los hijos. Para ello hay que tener en cuenta los gastos de vida que los hijos han tenido durante el matrimonio:

  • Si han ido o no a un colegio privado
  • Si han tenido o no clases extraordinarias
  • Los gastos de comida, ropa, zapatos y complementos.
  • La existencia de una cuidadora o empleada de hogar
  • Etc.

–  Las posibilidades del progenitor no custodio.

Por otro lado, en julio de 2013, el Consejo General del Poder Judicial ha elaborado unas tablas orientadoras para determinar las pensiones alimenticias de los hijos.

No obstante, se excluye de la pensión de alimentos y se consideran gastos extraordinarios los que por no producirse regularmente no pueden ser incluidos en la pensión de alimentos, pues solo se abonarán si efectivamente se producen.

Así, los más habituales son los gastos médicos no cubiertos por la Seguridad Social (ortodoncias, ortopedias, alergologías, gafas, plantillas,…) o los educativos imprevisibles (profesores de apoyo, viajes escolares).

Si tiene cualquier duda, nuestros expertos abogados pensión de alimentos en Madrid, le asesorará sobre sus obligaciones y le orientará sobre la posible cuantía de la misma.

En Abogados y Familia le atenderemos encantados. Contacte con nosotros a través del medio que prefiera.

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TESTIMONIOS

Abogados y Familia tramitaron mi divorcio y me ayudaron a la hora de fijar y determinar con la madre de mis hijos la pensión que correspondía a los mismos, en función de los gastos de éstos, así como los ingresos de su madre y míos
Manuel A. J.

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